Lo digo sin que mi ignorancia sea un orgullo, pero con la tranquilidad que tampoco expresa vergüenza. En mi juventud y en mi madurez, el Curriculum educativo no incorporó la asignatura y, por lo tanto, no era obligatorio el conocimiento de una de las 36 lenguas que identificaron Chaca Rivero, Javier Albó, Víctor Hugo Cárdenas, Ramiro Molina Rivero, Jurgen Riester, Bernardo Fischerman, Mercedes Nostas y Álvaro Diez Astete, durante el gobierno de Jaime Paz.
En un arrebato ideológico y para terminar de cumplir una tarea iniciada por los movimientos indígenas y campesino, la revolución nacional, la reforma agraria, el voto universal, la participación popular, con carácter testimonial el proceso de cambio incorporó en el Artículo 5, numeral 7 del Art. 234 y la disposición transitoria tercera de la Constitución Política de Estado, la obligatoriedad de hablar al menos dos idiomas oficiales, siendo uno de ellos, el castellano.
La medida, siendo política y culturalmente correcta, es violatoria de los Derechos Humanos al limitar el ejercicio de los derechos políticos de las personas, al imponer una condición restrictiva sobreviniente, sin ninguna utilidad práctica y sin contar el Estado con las condiciones materiales que le den funcionalidad. Para que haya sido ejecutable y expresada en políticas públicas, tendrían que existir todas las normas y procedimientos escritos en las lenguas interpeladas y haber adquirido la calidad de práctica cotidiana, situación que ni Evo Morales ni Álvaro García Linera, demostraron nunca su manejo con calidad de comunicación fluida.
Existen muchas soluciones para dejar sin efecto esta exigencia tan peculiar, reflotada en ocasión de la próxima designación del Defensor del Pueblo, pero importan un tiempo que ya no existe. La más sincera y expedita, para evitar el bochorno de las impugnaciones o manipulaciones, tendría que ser el dejar en suspenso la disposición con una Ley interpretativa de urgencia y por 2/3 de votos, y darle, en la primera reforma constitucional que se produzca, un alcance que exprese la realidad, modificar su alcance obligatorio, y colocarla en la valoración del Curriculum, con una puntuación especial para quien la domine.
Si el Ministerio Público y el Procurador del Estado quieren cumplir su responsabilidad, luego de demostrar públicamente el conocimiento de su segunda lengua, tendrían que empezar a tomar examen a TODOS los servidores públicos, incluido los parlamentarios, para verificar el cumplimiento de una condición ratificada bajo juramento.
Y de no ser el caso, por el absurdo, iniciar juicios por perjurio y falsificación ideológica, sancionada con privación de libertad de uno a seis años.
(El guarasug’we y el puquina, dos de los 36 idiomas indígenas de Bolivia reconocidos por la actual Constitución Política del Estado (CPE), están extintos, según una última investigación realizada por el Ministerio de Educación, la Universidad Pedagógica (de Maestros) y el Estudio Plurinacional de Lenguas y Culturas. Los restantes se encuentran en situación de vulnerabilidad. 27/12/16)