«El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto de Ley para la Protección Legal de Niñas, Niños y Adolescentes que hace reformas al Código Penal y contiene un artículo que causó el reclamo airado de las organizaciones de defensa de los menores y de la oposición legislativa, ya que la norma estaría permitiendo las relaciones sexuales “consensuadas” entre menores de 12 años, informó ANF.
El Artículo 15 modifica el punto 308 del Código Penal sancionando con 20 a 30 años de prisión a quien tuviera acceso carnal con un menor de 14 años de uno u otro sexo. El siguiente párrafo de ese artículo, dicta: “Quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de un (1) año, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación”.
«Diputado Calle apoya que niños tengan relaciones sexuales desde los 12 años. “Personalmente estoy de acuerdo con eso, porque en realidad es muy importante que se eduque a las personas, creo que también esto (el artículo 15) es preventivo y educativo”, argumentó a la Red Erbol el diputado del partido en función de gobierno.»
¿Y la prohibición del erotismo…? Quién entiende esto…?
2 comentarios
Como redactar una ley que impida meter a la carcel a un menor 13 años que tuvo la imprudencia de tener relaciones sexuales con su chica de 12 y que producto de eso ella quedó embarazada???
Es condenable la norma, por su caracter arbitrario (porque no 13? u 11?), pero mas que todo por su total incongruencia con la otra ley que promulgaron prohibiendo el erotismo en los medios. La falta de racionalidad del MAS es alarmante. En este gobierno, el fundamentalismo y el libertinaje duermen en la misma cama.
Pero lo mas detestable, y que no menciona el articulo, es la reduccion de la pena maxima a pederastas y abusadores sexuales. Asi es, REDUCCION! Ahora en lugar de ser de 20 a 30 años, se la ha fijado en 15.
Eso tambien es parte de la doctrina indigenista?