Traición a la Patria.
Artículo 125. I. Comete delito de traición a la patria la boliviana o el boliviano que incurra en los siguientes hechos:
1. Que tome armas contra su país, se ponga al servicio de estados extranjeros participantes, o entre en complicidad con el enemigo, en caso de guerra internacional contra Bolivia.
2. Que realice actos para la enajenación de los recursos naturales de propiedad social del pueblo boliviano en favor de empresas, personas o estados extranjeros. (nuevo)
3. Que promuevan acciones para la desintegración territorial o atenten contra la unidad del país. (nuevo)
II. Este delito se sancionará con la máxima sanción penal.
Pregunta obvia: ¿quién calificará el atentado contra la unidad del país?
Comentario. Con este Artículo, Andrés Ibañez tendría 30 años de cárcel, sin derecho a indulto. Felipe Quispe, también. Y los comunarios paceños que izaron la bandera peruana. Y los que propongan el Federalismo.
Exquisito.
Carlos Hugo.
10 comentarios
tambien serian traidores a la patria todo aquel que lleve una remera con la imagen del che guevara, extranjero que vino al país a derrocar al gobierno .
Andrés, Andrés, Andrés… ¿en qué parte del artículo se lee que traición a la patria sería «…intentar derrocar al gobierno»?
Mi estimado Carlos Hugo, no veo cómo Andrés Ibáñez, Felipe Quispe o los comunarios podrían incurrir en el delito…
Salud-os
La imágen y el pensamiento de Andrés Ibañez, como la de tantos otros luchadores sociales ha sido prostituida, en beneficio de determinadas posturas económico-ideológicas, en los últimos cincuenta años. Se ha distorcionado de tal forma la figura de Andrés Ibañez, quizás el pensador socialista más representativo de Bolvia sino de Latinoamérica, que si uno hace una lectura crítica y reflexiva de la historia oficial(bastante distorcionada por cierto) y la no oficial(bastante politizada por cierto) se encuentra con verdaderas perlas. Andrés Ibañez no terminó como terminó por tener alguna postura federalista ni mucho menos, esa es una historia que tiene un sustento muy subjetivo y parcial(si es que no tendenciosamente parcializado), pues es por demás conocido que Andrés Ibañez era un peligro no solo para el gobierno coyuntural de entonces sino para todo un sistema emergente que veía en él la representación de las ideas más progresistas de la época, ideas que interpelaban, y por eso eran peligrosas, a una sociedad en lo que a los principios de Libertad, Justicia e Igualdad se refería. Muy lejos de tomar una postura simplista de Federalismo o cualquier otra figura política forzada que quiera atribuirsele, Andrés Ibañez, fué, es y será la representación mas honesta de los ideales de Libertad, Justicia e Igualdad, a la que aspira todo el Pueblo Boliviano.
Yo te hago una pregunta Carlos Hugo ¿Como, tú, llegas a esas conclusiones? ¿Bajo qué parámetros? ¿Sobre que fundamentos? ¿Desde cuando y como puede considerarse la hiza de una bandera o las posturas políticas, religiosas, sociales o de cualquier índole que uno pueda tener con actos de traición a la Patria? Una cosa es sustentar, promover, difundir, defender, expresar, en el marco de la Democracia cualquier postura ideológica, social, religiosa o de cualquier naturaleza, por más radical que esta pueda ser o parecer, y otra muy diferente es promover acciones para la desintegración territorial o atenten contra la unidad del país. Y aqui es muy importante, como todo, contextualizar adecuadamente lo que significa «Desintegración Territorial» y «Unidad del País». Asociar esto con Andrés Ibañez o Felipe Quispe, disculpame Carlos Hugo, no es responsable y es hasta tendencioso. Asumiendo, en el peor de los casos, que la postura de Andrés Ibañez haya sido federalista (cosa muy debatible), y considerando las acciones que tomara entonces, estas estan muy lejos de considerarse como actos que promuevan la desintagración territorial o atenten contra la unidad del país, son mas bién expresiones legítimas de lás aspiraciones de un pueblo que demanda mayor participación. Hoy en día el Federalismo es una opción, tan valida, legitima y respetable como cualquier otra. Lo paradigmático de todo esto es que se ha aludido precisamente a estos conceptos para manipular la coniencia colectiva del pueblo boliviano, para ejercer violencia desde el Estado contra toda forma de discidencia política. El mismo Evo Morales o el Sr. Lienera, como miles de personas (en diferentes etapas de la historia), mineros entre los más, han sido perseguidos, torturados, desaparecidos y muertos apealando al principio, impuesto desde afura, de Seguridad Nacional, se ha calificado como «traicion a la Patria» cualquier forma de discidencia política que no comulgue con un sistema que condena la Diferencia, la Pluralidad de Ideas. Lo peor es que eso ha sucedido tanto en Dictadura, como en Democracia. Teniendo en cuenta todo esto, es una buena señal de la nueva CPE, delimitar claramente lo que se entenderá po
Traición a la Patria. Lo que debemos preguntarnos, lejos de sacar conclusiones apresuradas, es ¿Que se entenderá como un acto que promueva la desintegración territorial? ¿Será que puede pasar en Boliva lo que ha sucedido en Los Balcanes, donde por un vacio constitucional y por la injerencia externa, via una guerra y una posterior intervención, se ha desintegrado un País? ¿Será que aprenderemos de las lecciones que nos dá la historia? Detalle: Nuestro actual Embajador Norteamericano, fué uno de los protagonistas de esa oscura página de la historia europea.. Surgen tantas pregunta!!! Un abrazo!!
Ego Ipse, Efraín, por casualidad, ¿han escuchado o leído ustedes las declaraciones del Presidente, Vicepresidente, Ministros, Viceministros y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, sobre esto de «atentar contra la unidad del país»?
Otra vez, no olviden que estamos frente a un Texto Constitucional, de carácter imperativo. Aquí ya no cabe «la intención del legislador», sino el mandato constitucional. Y esa es la razón por la que se amplía tan generosamente el Delito de Traición a la Patria.
Andrés Ibañez fue fusilado, ¿recuerdan por qué?
Felipe Quispe dijo que él no se siente parte de Bolivia, que la considera una construcción colonial. Que su patria es el Tahuantinsuyo, ¿recuerdan la anécdota?
Los Comunarios izaron la bandera peruana diciendo que ya no querían pertener a Bolivia… ¿recuerdan…?
Pues tú mismo Carlos Hugo has respondido a tus preguntas muy claramente. Lejos de «intenciones», sean estas de quienes fueren, Presidente, Vicempresidente, Ministros, etc. el mandato constitucional debe delimitar claramente lo que se considera traición a la Patria.
¿O es que consideras que debiera dejarse a la libertad del EVENTUAL gobernate la determinación de que es o no es traición a la Patria?, por que si esa es tu postura, es decir no delimitar esto, estarías avalando y justificando, implicitamente, tantos años de persecución, violencia y muerte, no solamente de Andres Ibañez, sino de muchos bolivianos y bolivianas que por asumir una postura política o social contrapuesta a los intereses coyunturales del EVENTUAL gobernante, han tenido que pagar con su vida, bajo el argumento de ser «traidores a la Patria», la concecuencia con sus ideales.
Te devuelvo la pregunta ¿Recuerdas bajo que argumentos fué fusilado Andrés Ibañez? ¿O mejor, sobre qué base juridico legal se argumento su fusilamiento? Si te pones a investigar críticamente y profundamente esto pues notarás la peligrosidad de tener vacios constitucionales, que al capricho del gobernante, degeneran en lo que pasó con Andrés Ibañez, Zarate Vilca, Ernesto Guevara (disculpa Andrés y Carlos Hugo pero la semejanza entre estos tres casos es in-negable, al margen de la posición política que puedan tener, incluso si se ponen a revisar la historia de como fué sustentada la ejecución de los tres. Y eso dá mucho en que pensar sobre estos tres personajes de la historia), y cientos de bolivianos y bolivianos que murieron por la arbitrariedad de un gobernante, que apoyado por una Constitución funcional a sus intereses, puede hacer lo que le da la gana.
CNPZ ¿recuerdas como fueron ejecutados y como fué determinada su ejecución y bajo que argumentos?
Amayapampa y Capacirca ¿recuerdas las declaraciones oficiales en contraste con lo que sucedió?
MST ¿recuerdas como fueron calificados los trabajadores, días antes de la masacre y como se pretendió encubrir el asunto argumentando que eran traidores a la Patria por promover actos subversivos, lo mismo que en Amayapampa y Capacirca, o el CNPZ?
Todos estos casos, tienen algo en común, o mucho y es que todos fueron eliminados por argumentos muy semejantes y eso es algo que no lo pueden negar. Todas, con sus particularidades, son el ejemplo de lo que una Constitución como la actual podría degenerar. Todo esto sucedió en Democracia, negarlo e intentar no reflexionar sobre esto, es retroceder y peor justificar tantos crimenes de la Democracia, de nuestra historia.
Ahora, las afirmaciones de Felipe Quispe, son solo eso.. afirmaciones, que cualquiera pudiera hacerlas, lo mismo que lo que dijeron o hicieron Los Comunarios, pero eso está muy lejos de constituirse en ACCIONES que promuevan la desintegración del territorio. De nuevo caemos en las subjetividades de interpretaciones tendenciosas de la realidad y del nuevo Texto Constitucional.
Por que no contextualizamos y plantemaos posibles escenarios de lo que se debería entender por Desintegración Territorial ¿O es que preferimos evadir esa cuestión? ¿Por que? Un abrazo!!
Mi estimado Carlos Hugo, parece muy interesante tu interpretación del texto constitucional. Pero no me parece muy plausible. Esto por un motivo esencial: expresar una opinión no es acto de promoción de la desintegración nacional o de acciones que atenten contra la unidad del país. Sólo lo sería en caso de un «llamado a las armas» para imponer una unidad política al interior del territorio nacional.
Respecto al caso de Andrés Ibáñez, te recuerdo que en otra ocasión me habías manifestado no sentirte cómodo interpretando las conductas de los actores a partir de criterios legales.
Evidentemente estás probando el punto de que en materia constitucional hay interpretación. Y claro que la hay; nadie lo ha negado. Pero también sabes que hay interpretaciones plausibles y no plausibles. En la arena política la plausibilidad depende del poder, pero en estas arenas depende de los argumentos a favor de la tesis hermenéutica. Sabemos que el escenario de aplicación del artículo no sería éste, sino el político. Pero, cuando está vigente la CPE, ni en el escenario político se puede desconocer el art. 21, num. 5 de la propuesta de CPE ;-).
Finalmente, me parece muy sana la invitación de Efraín. Sería muy provechoso contextualizar y reflexionar sobre los escenarios de lo que se debiera entender por desintegración territorial, aunque ya no exista oportunidad de incorporar las precisiones a la nueva CPE.
Salud-os
Debemos ser conscientes que este debate debió haberse dado en la Asamblea Constituyente, y que hoy, lo que tenemos, es un texto aprobado para su aplicación irremisible, pues lo repiten sus propietarios, no puede modificarse una coma.
Me toca, más allá de las observaciones correctas/debatibles, dejar constancia que no hay forma de modificar lo aprobado en Oruro…. salvo que se produzca un súbito arrebato de cordura colectivo. La «interpretación» que estoy realizando de los Artículos, es, simplemente, para demostrar los alcances que pueden llegar a tener. La interpelación, por lo tanto, es a los Constituyentes…
Mi estimado Carlos Hugo, estamos completamente de acuerdo. Lo mismo que planteas acá lo había planteado este tu servidor en planb (http://planb.mundoalreves.com/?p=386). Y te reitero la conclusión ahí publicada:
«Estas preguntas sobre el ordenamiento administrativo-territorial y el sistema político son fundamentales en momentos de refundación de un Estado. Mientras estuvo en vigencia el proceso social de refundación del Estado boliviano, esto es, en el transcurso de la Asamblea Constituyente, estuvimos más ocupados en defenderla o atacarla, en ponerle trampas o en darle impulso. En lugar de hacer eso, debimos haber estado debatiendo estos temas. No por extemporáneos se convierten en irrelevantes, es cierto. Pero perdimos una oportunidad histórica muy propicia para la reflexividad política. Igual vale este ejercicio y se reiteran las congratulaciones.»
Me parece, de todas formas, que los destinatarios de las preguntas debieran ser los legisladores. Los constituyentes no tienen ya nada que hacer, a menos que aquéllos establezcan otra cosa…
Me sigue pareciendo, sin embargo, que las supuestas «posibles contradicciones» cada vez se ven menores. De todas formas, queda el referéndum para expresar posición de «cordura colectiva». No nos leamos la suerte entre gitanos. Reinstalar la constituyente no va a producir una nueva propuesta de carta magna por el sencillo hecho de que los intereses de quienes no quieren éste o cualquier otro texto constitucional nuevo son un poquito poderosos e inescrupulosos…
Salud-os
2. Que realice actos para la enajenación de los recursos naturales de propiedad social del pueblo boliviano en favor de empresas, personas o estados extranjeros. (nuevo)
Bajo ese lenguaje, que seria del contrato de Mutun? Jindal gano en un proceso poco transparente. Y que tal que el gobierno de Bolivia, ofrece gas natural a precios subsidiados?
Seria delito firmar ese contrato?
Y eso es precisamente «el porque» de este tipo de discusiones. Se usan ejemplos de ciertas situaciones reales o escenarios posibles, para ver las posibles aplicaciones de las leyes propuestas. Y esto es lo que estamos viendo precisamente en esta Constitucion. Son leyes que van a delimitar – a trazar las fronteras de l o legal – de el sistema juridico, penal, politico, y administrativo, Boliviano.
Ni el contrato de JINDAL ni la venta de gas «subsidiado» caben en delito de traición a la patria. «Venta» de gas significa ya que no está siendo «enajenado». Y el Mutún no ha sido entregado en propiedad a la JINDAL. La JINDAL sólo tiene un derecho de explotación…